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Ley de Plásticos: Conoce la modificación que empieza a regir desde agosto

A más de un año de que haya entrado en vigencia la Ley de Plásticos de un solo uso, que impide la entrega de utensilios plásticos y plumavit de una sola utilización, se empezarán a aplicar nuevos cambios respecto a la normativa. 

Esto, considerando que la Ley estableció un plazo de tres años para su completa implementación, apelando a una gradualidad en la misma.

En ese sentido, se dispuso de obligaciones inmediatas una vez que el mandato entró en vigencia. Por ejemplo: la prohibición de entrega de poliestireno expandido (plumavit), así como las bombillas, revolvedores, cubiertos (cuchillos, tenedores y cucharas) y palillos.

Adicionalmente, todos los supermercados están obligados a vender bebidas en formato retornable y a recibir esos envases de las personas, entendiéndose por supermercado todo establecimiento comercial con tres cajas o más habilitadas para el pago.

Pero a partir de agosto de este año, una nueva modalidad será implementada, pues desde ese mes no solo serán los supermercados los que deban comercializar exclusivamente bebidas en formato retornable, sino que también almacenes o tiendas de convivencia. 

En la misma línea, para agosto de 2024, ningún local de comida podrá utilizar productos que no sean reutilizables, es decir, no solo quedará prohibido al interior del establecimiento el uso de cualquier producto plástico, sino que también de cualquier otro material que no sea reutilizable. 

En lo que respecta a los servicios de delivery, desde 2024, estos solo podrán utilizar envases de plástico y utensilios que se encuentren certificados. Vale decir, que estén fabricados a partir de recursos renovables y que puedan ser compostados.

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