Politicas

Aprueban prohibir tránsito de vehículos en playas y dunas costeras

La iniciativa, respaldada solo en general y con indicaciones, busca proteger la biodiversidad de las playas y dunas.

La Sala de la Cámara aprobó la idea de legislar del proyecto de ley que prohíbe el ingreso y tránsito de vehículos motorizados en las arenas y terrenos de playas, así como dunas costeras del territorio nacional.

El texto -que retornó a la comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales con indicaciones- busca otorgar protección a la biodiversidad y morfología del borde costero y cuyo informe fue presentado por la presidenta de la Comisión de Medioambiente, la diputada Clara Sagardía Cabezas.

Las y los legisladores se manifestaron de acuerdo con que se eleve a rango legal esta iniciativa, para resguardar las áreas que necesitan protección. En esa línea resaltaron la importancia de las zonas costeras en materia de biodiversidad. Destacaron además la relevancia de tomar conciencia y propender al cuidado de las especies y del hábitat.

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La norma no será aplicable a los vehículos que transiten por caminos públicos, rurales o urbanos, o por vías públicas urbanas, que sean parte en cualquier proporción de una playa, terrenos de playa o dunas costeras
Asimismo, exceptúa de la prohibición, la circulación en el borde costero de vehículos de emergencia, seguridad y fiscalización. Lo propio con aquellos destinados a la vigilancia, mantención, aseo u otras actividades debidamente autorizadas.

La fiscalización de esta ley corresponderá a la autoridad marítima, a carabineros, y a las municipalidades, según sus respectivas competencias.
El proyecto en trámite establece que las infracciones se denunciarán, por los organismos fiscalizadores, al juzgado de policía local correspondiente. Dichas infracciones serán sancionadas con multa de cinco unidades tributarias mensuales, sin perjuicio de las otras responsabilidades que corresponda de acuerdo a la ley.
En caso de reincidencia, el costo de la multa será del doble de la sanción preliminar.

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