Autoridades entregaron información y elementos de protección contra los rayos UV a trabajadores del Parque Cerro Caracol
Es obligación de los empleadores proveer de información y protección a las personas que cumplen funciones expuestos a los rayos UV, mientras que la responsabilidad de usar los elementos de protección es compartida.
La seremi del Trabajo y Previsión Social, Sintia Leyton, junto al seremi de Vivienda y Urbanismo, Sebastián Abudoj y el director regional del Trabajo, Rodrigo Reyes, entregaron información y elementos de protección a trabajadores del parque Cerro Caracol, en el marco de las acciones para promover y difundir las medidas de protección para trabajadores expuestos a radiación ultravioleta.
Las autoridades conversaron en terreno con trabajadores del recinto, a quienes hicieron un llamado acerca de la importancia de informarse y cumplir con las medidas de protección frente a la radiación de rayos UV.
La seremi Sintia Leyton dijo que “para nosotros como Gobierno es fundamental el bienestar de nuestros trabajadores y sabemos que es parte de la responsabilidad de los empleadores entregar las herramientas y la información necesaria para cuidarlos en el desempeño de sus funciones”.
La autoridad regional enfatizó en que la responsabilidad de tomar resguardos es compartida: “es necesario recordar que la información oportuna y también las herramientas que le puede entregar el empleador a sus trabajadores es fundamental para la prevención de daños a futuro que esto pueda causar, y también la responsabilidad del trabajador de poder hacer buen uso de los implementos que se le entregan”.
El seremi de Vivienda y Urbanismo, Sebastián Abudoj, afirmó que “queremos dar el ejemplo con nuestros trabajadores del Parque Metropolitano Cerro Caracol, y les estamos entregando los implementos de seguridad que son necesarios, y además obligatorios, para los empleadores y para los trabajadores de manera de que puedan trabajar tranquilamente y de manera segura frente al sol. Estamos partiendo el verano, la temporada, y es muy importante que tengan todos los implementos necesarios”.
El director regional del Trabajo, Rodrigo Reyes, recalcó la responsabilidad de todos de tomar los resguardos pertinentes, “la radiación solar a corto y largo plazo puede producir diferentes enfermedades, y una de ellas es el cáncer de piel, es pror eso que como Dirección del Trabajo llamamos a los empleadores y trabajaores a tomar concienci respecto de este tema, y a utilizar los elementos de protección personal por parte de los trabajadores y, en el caso de los empleadores, entregar estos elementos, principalmente bloqueador solar, el gorro legionario, ropa con filtro UV si es que fuera necesario y dependiendo del trabajo que va a desempeñar cada uno de los trabajadores”.
Antecedentes
La radiación ultravioleta (UV) de origen solar es un tipo de radiaciones electromagnéticas emitidas por el sol, que llega a la Tierra. Existen radiaciones UVA, UVB y UVC. Esta última es bloqueada por el ozono atmosférico y no llega a la Tierra; las de tipo B alcanzan las primeras capas de la piel (epidermis), y las de tipo A son las de mayor penetración (hasta dermis).
La exposición excesiva y/o acumulada de radiación ultravioleta produce efectos dañinos a corto y largo plazo, principalmente en ojos y piel, que van desde quemaduras solares, queratitis actínica y alteraciones de la respuesta inmune hasta el fotoenvejecimiento, cataratas a nivel ocular y tumores malignos de piel.
El Índice de Radiación UV permite alertar acerca de la peligrosidad en la exposición, ya que asocia los riesgos de la exposición a la radiación ultravioleta. Este índice tiene su origen en la Organización Meteorológica Mundial (OMM, y va desde un valor desde 1 hasta 11, o más.
Los trabajadores expuestos a radiación UV solar son aquellos que ejecutan labores sometidos a radiación solar directa en días entre el 1 de septiembre y el 31 de marzo de cada año, entre las 10:00 y las 17:00 horas, además de quienes trabajan bajo radiación solar directa con índice UV igual o superior a 6, en cualquier época.
Medidas de prevención y protección
Algunas de las obligaciones que debe adoptar el empleador para proteger a los trabajadores de la exposición a radiación UV son:
– Informar a los trabajadores sobre los riesgos específicos de exposición laboral a radiación UV de origen solar y sus medidas de control.
– Publicar diariamente y en un lugar visible, el índice UV estimado por la Dirección Meteorológica de Chile y las medidas de control que se deben aplicar, incluidos los elementos de protección personal.
– Realizar un adecuado sombraje de los lugares de trabajo para disminuir la exposición directa a la radiación UV, como techar, arborizar, mallas oscuras y de trama tupida, parabrisas adecuados.
– Las medidas específicas de control a implementar deberán emplearse siguiendo las indicaciones señaladas en la Guía Técnica de Radiación UV de Origen Solar del Ministerio de Salud.
Los empleadores deben proporcionar ropa o elementos de protección personal a los trabajadores expuestos a radiación UV, tales como:
– Lentes de protección solar para uso laboral.
– Gorros. Debe considerar protección posterior de tipo “legionario” con visera. En caso de uso de casco, utilizar visera transparente con filtro UV.
– Se recomienda el uso de camisa manga larga y pantalón largo, de trama tupida, que permita una adecuada ventilación.
– Factor de protección solar (FPS). Los fotoprotectores comercializados declaran un factor de protección solar. Cuanto más alto es el factor de protección solar, mayor es la protección frente a los rayos solares. Se recomienda que el fotoprotector sea de fácil aplicación y con alto FPS (+50).