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Trabajadores tendrán permiso para votar las en las primarias del domingo 29 de noviembre

 La seremi del Trabajo, Sintia Leyton, precisó que los empleadores no pueden descontar el tiempo de las remuneraciones.

La seremi del Trabajo y Previsión Social, Sintia Leyton Aedo, junto a la directora regional (s) del Trabajo, Carmen Gloria Araneda, hicieron un llamado a respetar el permiso laboral de 2 horas para que todos aquellos trabajadores habilitados para votar en las Primarias de Gobernadores Regionales y Alcaldes, y que tengan que trabajar el domingo 29 de noviembre, puedan concurrir a ejercer su derecho.

Cabe señalar que el día de las elecciones primarias se considera feriado legal, según lo señala el artículo 180 del DFL N°2 (6-9-2017), norma que se aplica a los actos electorales. 

“Igual que lo habrá en otras oportunidades de elecciones próximas, existe un derecho de dos horas para que los trabajadores puedan ejercer su derecho de votar y puedan acudir a sufragar. Siempre es importante destacar que estas horas en que el trabajador se ausenta, no pueden ser descontadas de parte del empleador, y lo mismo es válido para los trabajadores que deban cumplir funciones como vocal de mesa”, dijo la seremi Sintia Leyton.

La autoridad regional precisó que “si alguna comuna está en cuarentena, igual pueden seguir funcionando las empresas que son esenciales, de abastecimiento, combustible, farmacia, y por lo tanto es muy importante que tengan presente esta información”.

La directora regional (s) del Trabajo, Carmen Gloria Araneda, aseguró que los empleadores que no respeten la norma se arriesgan a sanciones: “las empresas que no cumplan o no otorguen el derecho de las dos horas para que los trabajadores puedan ir a votar, tienen sanciones que son de 9 UTM, 30 UTM y 40 UTM, también existe la posibilidad de que el trabajador tenga que ser parte del colegio escrutador o vocal de mesa y en el caso de que el empleador no otorgue este derecho, se expone a sanciones de 10 a 60 UTM”.

La Dirección del Trabajo enfatizó en que se respete el derecho a sufragio de los trabajadores que deban laborar ese día, y también el feriado obligatorio de aquellos que laboran en malls y strip center administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica.

El organismo anunció que se fiscalizarán las denuncias que sean recibidas vía telefónica al 600 450 4000, y que también se recibirán denuncias en el sitio web de la Dirección del Trabajo (www.dt.gob.cl).

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